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Caso Diego de Holguín: MOP exige respeto a Autoridad de Tribunales de Justicia
- El 24 de mayo de 2010 el Ministro de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, Gerson Martínez, denunció ante la Fiscalía General de la República (FGR), irregularidades sobre la construcción del Bulevar Diego de Holguín, hoy Monseñor Romero.
A raíz de la denuncia el MOP presentó las siguientes pruebas:
- 23, 334 folios documentación denunciada presentada por MOP
- La FGR incorporó 155 testigos de hecho
- El 25 y 26 de marzo 2014 y el 4 y 8 de abril del mismo año, la FGR a través de la PNC incauta del MOP evidencias ordenadas por la FGR. Información que pasa a ser la base de la investigación.La FGR la ofrece como prueba y desde ahí debe respetarse la cadena de custodia.
- El Tribunal admite la comisión de los delitos imputados, que sostiene la acusación de la FGR en un proceso penal.
- Este proceso de investigación es admitido por el juez y la documentación se vuelven parte del conjunto de pruebas, según lo determinó el tribunal de instrucción, lo que significa que la información no debe ser manipulada ni contaminada, porque debe conservar sus propiedades, por las cuales fue admitida por el juez.
- El 16 de septiembre 2013, el caso pasa a Audiencia inicial juzgado 5to de Paz. Más tarde el 24 octubre 2014 se da el dictamen de Acusación por FGR ante juzgado 5to de Instrucción de San Salvador.
- 8 informes periciales que robustecen acusación
- La audiencia preliminar en el caso Diego de Holguín fue 4 veces reprogramada.
- El 21 de mayo de 2015 el ministro Martínez, es invitado como representante de la institución defraudada, participa en la Audiencia Preliminar en el juzgado 5to de instrucción y solicita al juez justicia por igual para todos los implicados en el caso.
- El 31 de julio de 2015, el juzgado 5to de instrucción resuelve la apertura a juicio contra siete personas, entre ellas el ex Ministro Jorge Nieto, y el ex viceministro Sigfrido Ochoa Gómez, por los delitos de: peculado, falsedad documental agravada, incumplimiento de deberes
- Ante la solicitud de información de una persona, el 17 de octubre de 2015, el MOP consultó a las autoridades fiscal y judicial y requirió autorización del juzgado competente previo a la entrega de la documentación solicitada.
- El 21 de octubre la FGR a través del Jefe de la Unidad Especializada Delitos de Corrupción, notifica al MOP que “el caso con sus diligencias se encuentra en sede judicial, no siendo procedente que la FGR se pronuncie respecto de la entrega de información que está en poder de un ente obligado diferente a esta entidad”
- El 30 de octubre de 2015, se le comunica al solicitante que por no ser competencia del MOP no es posible brindar la documentación solicitada ya que esta bajo custodia del Juzgado y el MOP no tiene poder de decisión sobre ella.
- El 4 de noviembre de 2015, ante la consulta del MOP el Juzgado 5° de Sentencia de San Salvador expresó “la reproducción de dicha documentación ha sido considerada como un riesgo de manipulación indebida, ya que se encuentra en Cadena de Custodia”. Añade que toda la documentación bajo su responsabilidad “tiene la obligación de preservar los medios probatorios que forman parte del proceso deliberativo para la decisión definitiva del caso penal Bulevar Diego de Holguín”.
- El tribunal valora que debe garantizar la conservación de las pruebas presentadas, que el proceso operativo para la liberación de la información en referencia pudiera amenazar efectivamente los intereses jurídicamente protegidos al ponerse en riesgo la manipulación de la prueba por otras personas.
- Desde el inicio de su gestión el Ministro mantiene una política de transparencia y acceso a la información pública, como una herramienta de transparencia, rendición de cuentas y eficiencia que permita a la ciudadanía contar con la información oportuna y fiscalizar los procesos y la calidad de obra en la Institución.
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San Salvador, 10 de diciembre de 2015