El Ministro de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, Gerson Martínez, en su calidad de representan legal de este ministerio asistió al juzgado Quinto de Instrucción a las 9:00 a.m de éste lunes, atendiendo invitación, para conocer de primera mano el avance del proceso que se sigue ante denuncia interpuesta en mayo de 2010 ante irregularidades en la construcción del Bulevar Diego de Holguín, hoy Bulevar Monseñor Romero. El funcionario pedirá la agilización del proceso, con la instalación de audiencia, ante la suspensión en cuatro oportunidades.
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Los delitos procesados son: Estafa agravada, falsedad ideológica, falsedad documental agravada, incumplimiento de deberes y peculado en perjuicio del Estado de El Salvador.
El 11 de septiembre de 2013 se produjo detención de un grupo de supuestos implicados en el caso. Por el delito de estafa agravada en perjuicio del Estado salvadoreño, los imputados son Jesus Hernández Campollo en calidad de autor directo, y Juan Francisco Bolaños Torres, Raul Eduardo Menjivar Pleitez, Ernesto Iván Cañas, Alberto Orlando Colorado y Oscar Alfredo Díaz Cruz, en calidad de Cómplices Necesarios. Por el delito de peculado en perjuicio de la Administración Pública los imputados son: Jorge Isidoro Nieto en calidad de autor directo y Sigifredo Ochoa Gómez.
Por Falsedad Ideológica en perjuicio de la Fe Publica: Jesús Hernandez Campollo, Raul Eduardo Menjivar Pleitez, Jorge Francisco Blanco y Luis Armando Pineda, en calidad de autores y José Roberto Douglas Lemus por complicidad necesaria.G3
El 16 del mismo mes se dio la audiencia inicial ante la jueza Alba Gladis Salamanca de Benavidez, con el resultado de pasar el proceso a la Fase de Instrucción con aplicación de Medidas Sustitutivas a la Detención para los detenidos; Caución Económica para: Roberto Oliva, Ile Calderón, Juan Francisco Bolaños y José Roberto Lemus Menéndez; y Orden de Captura para el ex Ministro de Obras Publicas, Jorge Nieto y Jesús Hernández Campollo.
La denuncia presentada por el MOP, fue realizada en cumplimiento al artículo 241 de la Constitución de la República que señala que “los funcionarios públicos, civiles o militares que tengan conocimiento de delitos oficiales cometidos por funcionarios o empleados que les estén subordinados, deberán comunicarlo a la mayor brevedad a las autoridades competentes para su juzgamiento, y si no lo hicieren oportunamente, serán considerados como encubridores e incurrirán en las responsabilidades penales correspondientes”.
San Salvador, 11 de mayo de 2015